Argentina y Costa Rica fueron de los primeros países de la región en otorgar esta facultad a la Autoridad Tributaria, hada los dos más recientes en el corriente año: Uruguay y Guatemala.

Chile y Perú aún no han dado el paso. En Perú la única excepción es la presentación de los estados financieros para fines de pago de impuestos a la renta. En Chile, el Organismo Fiscalizador -Servicio de Impuestos Internos- tiene acceso a esta información únicamente cuando existe una denuncia por Delito Tributario y querellas respectivas.

El proceso para acceder a revisar los movimientos bancarios de los contribuyentes no es igual en todos los países. En Argentina, Colombia, Ecuador, El Salvador, Honduras, México y Panamá, la Autoridad Tributaria puede requerir la información directamente a las entidades bancarias. Mientras que en otros como Guatemala, Perú y Uruguay se debe solicitar a través de un Juez.

En Costa Rica, para levantar el secreto bancario con fines de fiscalización o de auditoría tributaria, Hacienda está obligada a solicitar esa acción a un Tribunal Contencioso Administrativo, el cual decidirá si corre el velo de privacidad de un contribuyente. República Dominica es un caso especial, siendo el único país en donde la Autoridad Tributaria solicita información bancaria a través de la Superintendencia de Bancos. En Brasil, la Autoridad Fiscal si puede solicitar la información directamente a instituciones bancarias para fines de constitución de crédito tributario en el marco de un proceso administrativo fiscal. Sin embargo, no puede hacerlo cuando se trate de eventuales procesos penales del contribuyente.

Además, en Argentina, Brasil, Colombia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Perú y Uruguay los contribuyentes están obligados a registrar todas sus cuentas bancarias en los libros de contabilidad. Esta obligatoriedad no está vigente en Cota Rica.

El levantamiento del secreto bancario y la posibilidad de las autoridades tributarias de solicitar información de los contribuyentes han ocasionado un incremento en la economía informal, el uso de dinero en efectivo y el cierre de cuentas bancarias.

Y aunque en muchos casos no exilien cifras oficiales o las experiencias son aún muy recientes, la percepción general es que resulta un efectivo combate a la corrupción, así como herramienta efectiva para evitar la evasión tributaria, el lavado de activos y la financiación al terrorismo.

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